EL ALCALDE DE CARREÑO CUMPLE CON LA LEY

El Tribunal de cuentas ratificó la legalidad de las pagas de vacaciones y de El Cristo.

El Ayuntamiento de Carreño recibió el  Auto de 22 de abril de 2013 del Tribunal de Cuentas de España sobre el abono de las pagas de El Cristo y Vacaciones a los empleados y las empleadas municipales. En la mañana de hoy 2 de Mayo así le fue comunicado a los trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento en asamblea.

«La Resolución del Tribunal acuerda archivar las actuaciones al entender que, tal y como señaló el Ministerio Fiscal, el abono de dichas pagas complementarias es un pago legalmente justificado, al haberse realizado los abonos en ejecución de acuerdos del Pleno de 1961 y 1997 que, procediendo de Corporaciones anteriores nos obligaban a realizar los correspondientes abonos» - señaló Ángel Riego.

La ley obligaba al Alcalde a pagar unas retribuciones por imponérselo así los acuerdos plenarios que instituyeron esas pagas. Lo que hubiera sido ilegal, precisamente, sería no haber abonado dichas pagas. Por ello, los trabajadores y las trabajadoras no tendrán que devolver lo cobrado, y se procederá a la regularización de las mismas, dentro de la RPT que, a día de hoy no las incluye.

«Valoro muy positivamente esta Resolución es una buena noticia para el personal municipal,  y es consecuencia directa del impecable trabajo que estamos realizando y de la correcta gestión de fondos públicos» -  afirmó el regidor carreñense.

Las citadas pagas, como bien decía el  Informe de Fiscalización [1] de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias,  no se acomodaban a la estructura retributiva diseñada por el Estatuto básico del Empleado Público. No obstante, tal aseveración no supone un pronunciamiento alguno sobre la legalidad del abono de las mismas.

«Tras recibirse el Informe de la Sindicatura de Cuentas, se paralizaron cautelarmente los pagos correspondientes a las pagas señaladas. Tal paralización afectó a los pagos que correspondía realizar al personal interino y temporal que, a diferencia de los empleados y empleadas con relación fija, percibe parte de las citadas pagas al final de cada ejercicio » - señaló el Alcalde de Carreño.

La paga de El Cristo fue establecida por acuerdo del Ayuntamiento Pleno adoptado en la sesión celebrada el 10 de octubre de 1961. En la actualidad, es una paga lineal anual a percibir por todos los trabajadores y las trabajadoras municipales con motivo de las fiestas patronales. Esta retribución se fue abonando  desde entonces y hasta la actualidad, reflejándose anualmente en sus nóminas. Se trata de un acuerdo adoptado hace más de medio siglo, y sobre cuya legalidad, por razones obvias, no procedía cuestionar a estas alturas. Ni el mencionado acuerdo, ni su reflejo en las nóminas durante el largo periodo transcurrido desde su aprobación fueron recurridos administrativa o judicialmente, constituyendo, un verdadero derecho adquirido de los empleados y las empleadas municipales que el Ayuntamiento no puede desconocer y que la Alcaldía tiene que abonar de forma obligada.

La paga de vacaciones es una retribución de carácter proporcional que fue establecida por acuerdo del Ayuntamiento Pleno adoptado en la sesión celebrada el 27 de junio de 1997 integrándola en el Convenio Colectivo. Su cuantía es el 2,6% de todos los conceptos retributivos fijos, incluida antigüedad y excluida la paga de El Cristo.Desde el momento de su adopción, hace 15 años, fue aplicándose en las nóminas del personal municipal, sin que tampoco conste recurso administrativo o judicial alguno frente a las nóminas que reflejaban tales pagos.

«Es obvio que conociendo todos estos detalles de las pagas y su procedencia, como los conocían PP y FORO, acusar – como nos acusaron en los medios de comunicación-  de ilegalidades y de no respetar la ley – fue una desfachatez incalificable por su parte. La actitud negativa y el rechazo de los grupos conservadores de la oposición a todo lo que sea bueno para el municipio viene a confirmar que dichos partidos políticos y sus acólitos no están remando en la misma dirección que los carreñenses, sino que su único interés es que el concejo no prospere. Lo que es tremendamente triste e injusto para la ciudadanía de Carreño, que no se merecen una oposición tan mezquina» -  indicó el alcalde.

El abono de las citadas pagas es legal y resulta en la actualidad obligado para el Ayuntamiento, sin perjuicio de la necesidad de ajustar las mismas a la estructura diseñada por el Estatuto Básico del empleado Público, con respeto municipales a la normativa estatal y autonómica en materia presupuestaria y de contención del gasto público.

«De nuevo han quedado en evidencia el portavoz del PP y la portavoz de FAC, que en su habitual proceder, están más pendientes de buscar sus minutos de gloria en los medios de comunicación que trabajar por Carreño.  Ahora tienen la oportunidad de rectificar y pedir disculpas al personal por su desafortunado proceder, especialmente a la intervención municipal contra quien el PP de Carreño arremetió públicamente en un periódico regional culpabilizándole de unas ilegalidades inexistentes [2]. Mucho ruido y pocas nueces. Tras recibir la noticia, el equipo de gobierno está trabajando para regularizar estas retribuciones y aportando soluciones confiamos que el resto de fuerzas políticas se sumen por el bien de nuestro concejo».


[1]  El 17 de setiembre (registro de entrada nº 5492), se recibió en el  Ayuntamiento de Carreño el Informe Definitivo de Fiscalización referido al ejercicio 2009 emitido con fecha 11 de setiembre de 2012.
[2]  Ver declaraciones del Portavoz popular en periódico La Nueva España, del 22 de Septiembre en la página 15.